Blog - La prestación por maternidad está exenta del IRPF.

El Tribunal Supremo considera que la prestación por maternidad a cargo del Instituto Nacional de la Seguridad Social puede incardinarse en el supuesto previsto en el párrafo tercero letra h del artículo 7 de la Ley del IRPF, cuando dispone que
…igualmente estarán exentas las demás prestaciones públicas por nacimiento, parto o adopción múltiple, adopción, hijos a cargo y orfandad.
La Sentencia afecta a las prestaciones percibidas desde el año 2014, salvo algunas excepciones.

La Agencia Tributaria ha considerado que la prestación por maternidad es un rendimientos del trabajo y, como tal, ha sido obligatorio pagar el IRPF por su percepción durante 16 semanas, tiempo de duración de la misma.
De ahora en adelante, no habrá que tributar por ella y, quiénes lo hicieron, podrán reclamar las cantidades abonadas.
Ahora bien, no todos los casos en que se hayan percibido prestaciones por maternidad suponen necesariamente el derecho a devoluciones.
Las mujeres que percibían nóminas por debajo de los 14.000 euros anuales prácticamente no se verán beneficiadas por ausencia de retenciones a cuenta del IRPF.
Tampoco aquellas a las que ya se les hayan devuelto todas las retenciones, salvo a las madres cuyas declaraciones les resultó a ingresar.
Eso sí, las contribuyentes que en su día no presentaron la declaración por no estar obligadas, ahora sí podrían presentar declaraciones extemporáneas para recibir las devoluciones si en su día se les practicó una retención que no solicitaron.
Cómo reclamar la devolución del IRPF abonado por la prestación por maternidad.
La única vía para hacerlo a día de hoy es la solicitud de rectificación de la autoliquidación.
No obstante, los Técnicos del Ministerio de Hacienda recomiendan esperar unas semanas antes de empezar a reclamar.
Se habilitará un formulario específico que facilitará su cumplimentación y acelerará el trámite de la presentación de la solicitud.

Situaciones posibles y trámites necesarios.
Los contribuyentes que hayan percibido estas prestaciones en los años 2014, 2015, 2016 y 2017 podrán solicitar la rectificación de la declaración del IRPF en las declaraciones que se hubiesen incluido estas rentas.
Si las rentas fueron percibidas en más de un año, deberán solicitar la rectificación de las declaraciones del IRPF de cada año.
No será necesario adjuntar a la solicitud un certificado de la Seguridad Social acreditativo de las prestaciones por maternidad percibidas.
La AEAT recabará directamente de la Seguridad Social toda la información precisa para la resolución del procedimiento.
En el caso de solicitudes de rectificación de declaraciones que hayan sido desestimadas con anterioridad a la fecha de la sentencia:
- Recurso pendiente de resolución. Será el correspondiente órgano revisor el que se pronuncie sobre la aplicación al caso de la doctrina del Tribunal Supremo.
- Resolución desestimatoria firme. No será susceptible de revisión en ninguna instancia y no procederá devolución alguna.
Prestaciones públicas por maternidad percibidas en 2018.
En la próxima campaña de la declaración de IRPF, la AEAT ofrecerá los datos fiscales incorporando tales prestaciones como rentas exentas y las retenciones soportadas como plenamente deducibles.
Los contribuyentes sólo tendrán que confeccionar y presentar sus declaraciones utilizando los datos fiscales que se les ofrezcan.
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