Blog - INGESA gana en los Tribunales al Consejo General de Gestores Administrativos.

INGESA gana en los Tribunales al Consejo General de Gestores Administrativos.
El Departamento Jurídico de INGESA, Ferran Abogados & Asociados, ha ganado en los Juzgados de lo Mercantil al Consejo General de los Colegios de Gestores Administrativos de España.
El Consejo General de los Gestores Administrativos ha visto desestimadas todas sus peticiones.

Este Consejo interpuso una demanda contra el Colectivo Profesional INGESA, presidido por D. Francisco Sanfrancisco Gil, el pasado 2 de marzo de 2017.
Pues bien, mediante reciente Sentencia nº318/2018 de 18 de junio, que ha devenido firme, el Juzgado de lo Mercantil nº 12 de Madrid ha desestimado todas las peticiones.
Los INGESA realizan trámites ante la Administración en nombre de terceros.
Los Gestores Administrativos, basándose en normativa preconstitucional, y en concreto en su polvoriento Estatuto Orgánico de 1963, pretendía reprobar la actuación pública y notoria del colectivo profesional INGESA que, de una forma totalmente actual, moderna y libre, ampara a los asociados y asociadas que, día a día, realizan su labor en la intermediación de los ciudadanos con la administración.
La Sentencia desmonta punto por punto la demanda.
La Sentencia del Juzgado de lo Mercantil de Madrid es altamente interesante.
Ésta desmonta, con tremenda solidez y punto por punto, las peticiones del Consejo de los Gestores Administrativos.
INGESA ha tenido que defenderse a través de su Departamento Jurídico, Ferran Abogados & Asociados, quién ha demostrado que no existe ninguna conducta de competencia desleal entre INGESA y el Consejo de Gestores Administrativos.

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Competencia desleal.
Citando la Sentencia:
Por tanto, atendiendo además a la prueba documental aportada por la demandada, aportando sus Estatutos donde figura Asociación, en la que figuran que los miembros son los Titulados Profesionales Diplomados INGESA-Interventor de Gestión Administrativa, y el resultado de obtención de un Diploma de Interventor de Gestión Administrativa, no se puede estimar la alegación de incurrir dichas conductas en supuesto de competencia desleal mediante acto de engaño por la demandada.
Se desestima esta primera alegación de deslealtad conforme al artículo 5 de la LCD.”
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Declaración de deslealtad.
Igualmente, el Juzgado, mediante Sentencia firme, tumba las pretensiones del Consejo General de Colegios de Gestores Administrativos al sentenciar:
Se desestima la segunda petición de declaración de deslealtad de dicho acto por configurar omisión engañosa del ART. 7LCD.
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Confusión en el consumidor.
En un tercer punto del argumentario judicial contra la demanda y su acusación de confusión en el consumidor, que ha sido desestimada a los Gestores Administrativos, su Señoría sentencia:

Las alusiones/denominaciones de la demandada en las que se omite cualquier referencia a la diferenciación de Gestor Administrativo como profesional perteneciente al Colegio Profesional de Gestores, junto con la denominación de INGESA, que da lugar a la denominación de Agrupación Técnica Profesional de Interventores en Gestión Administrativa, unido a lo publicitado u ofertado por la demandada, consistente en el formulario de admisión, solicitud e inscripción, y el título (todo ello aportado por la propia demandada), en el que se denomina Interventor de Gestión administrativa, se hace referencia a que este proyecto pretende crear “profesionales” con los conocimientos necesarios a la profesión de «Interventor de Gestión Administrativa”, agilizando tramites de los ciudadanos con las Administraciones Públicas, la utilización de denominaciones como “alumno” y “profesional”, que implican la superación de unas pruebas (de 250 horas lectivas –esto último expresado en el diploma-), producen la desestimación de la demanda por no considerarlo como un acto de confusión.
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Aprovechamiento de las ventajas de la actuación del Consejo General de Gestores Administrativos.
Por último, tampoco considera el Tribunal que haya un aprovechamiento de las ventajas de la actuación actora, en relación con la actividad desarrollada por la demandada.
Es decir, INGESA, como colectivo independiente, no comparte ni simbología o denominación o actividades con dicho Colegio.
El Consejo General de Colegios de Gestores Administrativos de España pretendía limitar la actuación del Colectivo INGESA.
La Sentencia es un varapalo judicial al Consejo General de Colegios de Gestores Administrativos de España,
Éste pretendía limitar la actuación de la agrupación INGESA , y por el contrario, ha generado una jurisprudencia en materia de libertad de competencia favorable a INGESA y contrario a las prácticas restrictivas de la libertad de determinados colectivos anquilosados y anclados al pasado.
El Grupo ATP está formado por los Colectivos Profesionales de Asesores de la Propiedad Inmobiliaria, Peritos Tasadores Judiciales y Valoradores de Bienes Inmuebles, Interventores de Fincas y Comunidades, Mediadores Financieros Titulados, Interventores de Gestión Administrativa, Mediadores Civil y Mercantil y Gestores de Actividades y Establecimientos Turísticos.
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